¿Cómo funciona el régimen económico de parejas internacionales en la UE?

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¿Cómo funciona el régimen económico de parejas internacionales en la UE?

Las parejas internacionales (es decir, aquellas en las que concurren diversas nacionalidades) cuentan desde el pasado 29 de enero de 2019 con un nuevo marco normativo aplicable a nivel europeo en referencia al régimen económico aplicable a su unión. Contamos con dos Reglamentos aprobados en 2016 que, tras un periodo de adaptación, pasan a ser de plena aplicación para los ciudadanos comunitarios y, en concreto, para los supuestos de matrimonios internacionales, con todas las novedades que ello implica. Si necesitas ayuda en un caso de matrimonio internacional, cuenta con nuestro equipo de abogados especializado. 

Las normas son las siguientes:

– Reglamento (UE) 2016/1103 del Consejo, de 24 de junio de 2016, por el que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia de regímenes económicos matrimoniales. Enlace aquí.

– Reglamento (UE) 2016/1104 del Consejo, de 24 de junio de 2016, por el que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia de efectos patrimoniales de las uniones registradas. Enlace aquí.

¿Cuáles son las novedades sobre el régimen económico de parejas internacionales en la UE?

Los Reglamentos establecen normas claras para los casos de divorcio o fallecimiento en los matrimonios internacionales, poniendo con ello fin al desarrollo de procedimientos paralelos y acaso contradictorios en varios Estados miembros, en relación, por ejemplo, con el patrimonio o las cuentas bancarias. En resumen, aportarán a las parejas internacionales una mayor claridad jurídica.

En concreto, los nuevos reglamentos:

  • Aclararan cuál es el órgano jurisdiccional nacional competente para asistir a las parejas en la gestión de su patrimonio o en la división del mismo entre ambos en caso de divorcio, separación o muerte.
  • Aclaran qué legislación nacional prevalece en caso de que, teóricamente, quepa aplicar las normas de varios países.
  • Facilitan el reconocimiento y la ejecución en un Estado miembro de una resolución en materia patrimonial dictada en otro Estado miembro.

Eso sí, la falta de unanimidad entre todos los Estados miembros ha supuesto que solo se apliquen las nuevas normas en 18 de ellos: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chequia, Chipre, Croacia, Eslovenia, España, Finlandia, Francia, Grecia, Italia, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Portugal y Suecia.

Los dieciocho Estados miembros que se han adherido a la cooperación reforzada reúnen al 70 % de la población de la UE y a la mayoría de las parejas internacionales que viven en la Unión Europea. Estos Estados miembros adoptaron los Reglamentos en junio de 2016 en el marco de la cooperación reforzada. Los demás Estados miembros pueden adherirse a ambos Reglamentos en cualquier momento.

Los Estados miembros no participantes seguirán aplicando su legislación nacional (incluidas las disposiciones de Derecho internacional privado) a las situaciones transfronterizas que afecten a los regímenes económicos matrimoniales y a los efectos patrimoniales de las uniones registradas.

¿Qué dicen desde Europa?

El vicepresidente primero de la Comisión Europea, Frans Timmermans, ha declarado respecto a esta nueva normativa que «la entrada en vigor de estos Reglamentos es una buena noticia para el creciente número de parejas internacionales que hay en Europa». Así, «el objetivo es aportar a miles de parejas europeas seguridad con respecto a lo que sucede con su patrimonio en caso de divorcio o de fallecimiento de uno de sus miembros. Estoy convencido de que estos Reglamentos ayudarán a numerosas parejas europeas a afrontar momentos tan difíciles».

Por su parte, Věra Jourová, comisaria de Justicia de la UE, ha afirmado que «estas nuevas normas facilitarán y abaratarán el coste de la división del patrimonio común y aliviarán la situación de personas en circunstancias difíciles. Más de dieciséis millones de parejas internacionales podrán acogerse a procedimientos claros en caso de divorcio o de muerte de uno de sus miembros. Podrán ahorrarse unos 350 millones de euros anuales en costas judiciales. Animo a los Estados miembros restantes a que se adhieran a la cooperación en interés de todas las parejas internacionales de la UE

Se trata, en definitiva, de una buena noticia para las parejas internacionales pertenecientes a la UE: más seguridad jurídica y trámites más económicos, que podrás llevar a cabo de la mano de tu abogado de familia. 

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