Invertir en el sector audiovisual en Canarias: ¿Cuáles son las ventajas fiscales?

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Invertir en el sector audiovisual en Canarias: ¿Cuáles son las ventajas fiscales?

Las Islas Canarias gozan de un régimen fiscal específico debido a su lejanía geográfica del resto de España. Se trata de una medida pensada para promover el desarrollo económico y social del Archipiélago, y ésta se materializa, entre otros, con el sector de la producción audiovisual. El régimen aplicable en este caso es el Régimen Económico y Fiscal de Canarias (REF), a lo que se suma la posibilidad de acogerse a las ventajas de la Zona Especial Canaria (ZEC): dos marcos que funcionan como uno solo, con grandes ventajas fiscales para las producciones audiovisuales que se realicen en el Archipiélago, y que consolidan a Tenerife como uno de los mejores lugares de Europa para acoger rodajes. Por supuesto, hay otras ventajas: su clima, condiciones naturales, diversidad de paisajes y un sólido sector audiovisual con equipos y profesionales cualificados y con experiencia para atender cualquier necesidad.

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¿Qué ventajas fiscales existen al invertir en el sector audiovisual en Canarias?

La instalación de empresas audiovisuales en el Archipiélago bajo las condiciones que marca la ZEC supone la aplicación de un tipo del Impuesto sobre Sociedades de tan sólo un 4%. También la posibilidad de una exención en el Impuesto sobre la Renta de No Residentes, en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados o en el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC). En este sentido, basta con que la empresa «tenga una filial» en Canarias para acogerse a las ventajas que ofrece el organismo sin necesidad de trasladar la sede principal.

No hay que olvidar que se trata de un área de interés para el Gobierno de Canarias: atraer este tipo de inversión es el objetivo de estas medidas, lo que implica que, además de la existencia de ventajas fiscales, se den facilidades a la hora de llevar a cabo trámites, solicitar permisos, hablar con las administraciones, etc.

Además, existe una reducción fiscal para las empresas nacionales que en Canarias se sitúa en el 45% del primer millón invertido y el 40% sobre el segundo. A esto hay que sumarle las deducciones de inversiones a productoras cinematográficas extranjeras que ascienden al 40% -frente al 20% que está establecido en la Península-. Ambas ventajas son compatibles con las que proporciona la pertenencia a ZEC.

Por otro lado, según el REF de Canarias, para los incentivos específicos para producción audiovisual en la Ley del Impuesto de Sociedades, se aumenta en 20 puntos porcentuales el importe de las deducciones para las producciones audiovisuales y un 80% los límites respecto al resto del territorio nacional, en términos generales.

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Requisitos para acogerse a las ventajas fiscales del sector audiovisual

Tanto el Gobierno de Canarias como la ZEC coinciden en que las ocho islas son «uno de los mejores lugares de Europa para acoger rodajes», por lo que, además de cumplir con los requisitos básicos que exigen a todas las empresas, el sector audiovisual debe comprometerse a condiciones especiales en el caso de acogerse a las ventajas de la ZEC, como son los tiempos mínimos de rodaje en las islas. En este sentido, un requisito para acogerse a estas ventajas es la necesidad de que «un mínimo del 15 o 20 por ciento del trabajo» del proyecto se quede en Canarias. El porcentaje varía según sea un largometraje, una serie, un proyecto de animación, videojuegos, o un documental.

También se incide en la contratación del personal, puesto que la ZEC exige contratar «al menos» a una persona que sea considerada «personal creativo» y además contratar a nueve personas con residencia fiscal en Canarias en la parte técnica, que a su vez tienen que pertenecer a un mínimo de cinco equipos diferentes del proyecto. Eso sí, hay excepciones, como en el caso de los documentales, donde no se exigen nueve personas, sino que haya un mínimo de dos. También en el caso de las obras de animación, donde se pide que el jefe de equipo, o en su defecto el senior de animación o el actor o actriz de doblaje, sea la persona que tenga la residencia fiscal» en el archipiélago.

Todas las empresas pueden acceder a las ventajas del ZEC siempre y cuando cumplan los cinco requisitos que solicita la ZEC:

  1. El principal requisito es ser una entidad o sucursal de nueva creación con domicilio y sede de dirección efectiva.
  2. Que uno de los administradores resida en Canarias.
  3. Una inversión mínima de 100.000 euros (para las islas de Tenerife y Gran Canaria) o de 50.000 euros (en el caso de La Gomera, El Hierro, La Palma, Fuerteventura o Lanzarote) en activos fijos afectos a la actividad, dentro de los 2 primeros años desde el momento de su inscripción.
  4. El compromiso de crear, al menos, 5 o 3 puestos de trabajo, según se trate de las islas capitalinas o no, dentro de los 6 meses siguientes al momento de la inscripción y mantener este promedio durante los años que esté adscrita a la ZEC.
  5. Constituir el objeto social, en el ámbito de la ZEC, la realización de actividades autorizadas.

 

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